La “dación en pago” ocurre cuando el deudor en vez de devolver lo pagado en la forma que se había acordado, por mutuo acuerdo, lo hace de diferente modo.
Por ejemplo si no se pudiera devolver el dinero de la hipoteca por un piso se podría llegar a un acuerdo con el banco para que este se quede con la vivienda a cambio de saldar la deuda pendiente con el.
¿Qué pasa con los avales si la constructora quiebra y entra en proceso de concurso de acreedores?
Antes de responder a esta pregunta hay que recordar que los promotores inmobiliarios tienen la obligación de ofrecer un aval al comprador de vivienda para que éste pueda ejecutar dicho aval en caso de incumplimiento del contrato. Es una obligación legal por lo que su incumplimiento puede llevar a la resolución del contrato si el comprador así lo solicita.