El funcionamiento habitual de un aval bancario es el siguiente:
1.- Solicitud del aval por parte del ordenante
Al ser una operación en la que el banco emisor asume un riesgo, es necesario que su cliente , ordenante del aval, tenga aprobada una línea de riesgo de comercio exterior. La línea será utilizada por el importe del aval. El ordenante deberá tener en cuenta los siguientes aspectos a la hora de solicitar la emisión del aval o garantía :
- Importe máximo a pagar y moneda de pago
- Duración del aval
- Obligaciones objeto del aval
- Términos de requerimiento del pago del aval
- Nombre y dirección del ordenante y del beneficiario
2.- Emisión del aval. El banco avalista procederá a emitir el aval o garantía bancaria según las instrucciones recibidas por su cliente.
3.- Entrega del aval al beneficiario.
Una vez que el banco avalista hace llegar el aval emitido a su cliente ordenante del aval, éste entrega el aval al beneficiario del mismo que lo requirió en su día.
4.- Utilización del aval.
Mientras el aval esté con vida ( dentro de su duración ), si el beneficiario demuestra según los términos requeridos en el aval, que el ordenante incumple sus obligaciones avaladas, hará uso del mismo presentándole al banco emisor del aval.
El banco comprobará la reclamación del beneficiario y en caso de ser según lo estipulado en el texto del aval, procederá al pago del importe avalado.
5.- Cierre del aval
En caso de haber sido utilizado por parte del beneficiario debido al incumplimiento de las obligaciones avaladas por parte del ordenante, una vez hecha la utilización se cerrará el aval.
Si expira el plazo de duración del aval sin haber sido utilizado por parte del beneficiario, el banco avalista procederá a cerrar el aval.
Tags: Alquiler, Avales, Bancos, Funcionamiento
24 de Agosto de 2009
170 Comentarios en "Funcionamiento de un aval bancario"
cuando finaliza un aval realizado como garantia de una cantidad sobre una casa, cuando finaliza este existe alguna ley que automáticamente obligue al constructor a renovar este por su parte
Buenas tardes,
Podrían indicarnos qué ley es la que regula los AVALES BANCARIOS? Muchas gracias.
Atentamente,
Francisco Rodríguez
La ley que regula los avales bancarios es la Ley 57/1968, de 27 de julio sobre percepción de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas.
Saludos.
cuando un banco ha emitido la garantia a 1 año el beneficiario puede descontar parte de ella para los pagos de las mercancias ?
atentamente
Nicolás
Hola Nicolas.
Depende de las clausulas del aval y del contrato. En principio deberás hablar con el banco y explicar la situación ya que son ellos los que te van a permitir o no ejecutar el aval.
Saludos.
¿hasta que punto el banco me puede tener bloqueado el importe integro del aval osea pignrado al 100%?
pagando 1.5% anual y mi dinero como comento retenido , no hay ningun documento firmado entre la entidad y yo para que me lo retenga. como debo actuar
Hola Francisco Jesús.
Debes de mirar el contrato del aval pero te adelanto que la pignoración es precisamente lo que tu comentas, se te retiene un dinero para garantizar que cubra el aval. Lo normal es que ese dinero retenido esté en un depósito bancario para que por lo menos puedas cubrir los gastos del aval con los intereses generados por el depósito.
Revisa bien el contrato por que es probable que en algún sitio nombre que se te pignora ese dinero, es decir que se te retiene ese dinero.
Saludos.
Me gustaria conocer que pasa si se cumple el articulo 3 de dicha ley cuando uno tiene un pagaré a una empresa constructura avalado por un aval financiero bancario y la empresa no ha cumplido los plazos de entrega de la vivienda.
Según ese articulo su puede denunciar el contrato y solicitar la devolución de las cantidades entregadas, y entiendo que la disolución del pagaré avalado.
Ahora bien, si ese pagaré ha sido transmitido a una tercera entiendad o dueño por parte de la empresa constructora y se produce lo comentado en los parrafos anteriores, esta tercera empresa tiene derecho a cobrar esa cantidad avalada y negociada como transmisión por la empresa constructura a la persona fisica que firmo el aval para garantizar el pagaré ?
Si en el contrato de aval financiero el beneficiario es uno, otro cualquier puede reclamarlo ?
Muchas Gracias
Estoy tramitando un aval bancario para el alquiler de una vivienda, en la que el avalista es una persona diferente al arrendatario. El caso es que mi banco me pide que aparte del avalista, yo, como arrendatario, firme ante notario el aval bancario. El problema es que estamos en diferentes ciudades, dentro del mismo país, y sería muy incómodo realizar la firma juntos en el mismo lugar físico y al mismo tiempo. Mi pregunta es: ¿es imprescindible la firma del aval bancario por mi parte, como arrendatario pero no avalista? Y en caso de que sea imprescindible, podría hacerlo a distancia ante otro notario en otra ciudad?
Muchas gracias
Hola Fernando.
Es un trámite normal el que tu firmes el aval (probablemente un contraaval). La mejor solución para tu problema es que delegues la firma del aval en otra persona de tu confianza en la localidad del avalista a través de un poder notarial.
Es tan simple como ir a un notario de tu localidad y que te hagan el poder para que esa persona pueda firmar ese aval en tu nombre, después se lo mandas por correo o mensajería y problema resuelto.
El coste del poder rondará los 60 Euros, aproximadamente.
Saludos.
Hola, quisiera saber algunas cosas sobre avales bancarios. Estoy tratando de ejecutar uno porque la constructora -martinsafadesa- no ha iniciado las obras de mi vivienda y si bien en el contrato no figura NINGUNA fecha de entrega, los plazos para solicitud de licencia de obra están vencidos
1) puedo invocar el art. 2 a) de la ley 57/1967?
2) seria conveniente adjuntar una constatacion notarial para probar que las obras no estan iniciadas?
3) que plazo tiene el banco -que verbalmente me ha dado una negativa por respuesta- para contestar a mi burofax? muchas gracias.
Hace una semana que he tramitado la ejecución de un aval, y me gustaría saber que plazo tiene la entidad financiera para contestarme.
También quisiera saber en caso de que la entidad bancaria no estime la ejecución cuales son los pasos a seguir.
Muchas gracias Manuel.
Hola Fernando.
Depende de si el aval es a primer requerimiento o no. Si es a primer requerimiento debería ser inmediato, si no es así debes de justificar la ejecución del aval y la entidad debe de comprobarlo, lo que conlleva un tiempo de espera mientras realizan las gestiones oportunas.
Saludos.
Hola Mara.
Tu caso en concreto al estar de por medio una constructora que está en situación de quiebra con concurso de acreedores de por medio, lo mejor es que te pongas en contacto con las asociaciones de defensa del consumidor. Ten en cuenta que hay varias creadas para defender a la gente que se ha visto afectada por este caso.
Saludos.
Hola,
Tengo un aval por las cantidades entregadas a cuenta para una vivienda. El plazo de entrega terminó en enero (en el contrato figuraba 24 meses después del comienzo de las obras).
La obra está finalizada pero están tramitando licencias y están tardando bastante. La cosa se ha complicado por una quiebra de la constructora que ralentiza el tema de los papeles con la promotora (que es con la que firme el contrato por el que tengo avalada las cantidades).
Ante el temor de que esto afecte a la promotora, me estoy planteando ejecutar el aval.
El problema es que en el documento de aval no viene plazo de vigencia. ¿Cuál es entonces su caducidad? ¿Se supone que dura hasta qeu no se haga efectiva la entrega o hay algún tiempo límite entre el vencimiento del plazo de entrega y el plazo que tengo para ejecutar el aval?
Saludos
Hola, buenos días
Estoy gestionando un aval bancario para un pago de mercancias que en este caso me exige el proveedor.
Necesitaria saber si cuando tenga el proveedor el aval en su poder el pueda negociar oon él como moneda de cambio
Atentamente
hola! me gustaria saber si en caso de incumplimiento de un contrato de alquiler de local comercial (con aval bancario)el arrendador al ejecutar el aval lo ejecuta recibiendo al 100% del aval, o solo se queda con lo que el arrendatario le debe (desquitandoselo al aval), muchas gracias
Estoy tramitando las cédulas de habitabilidad de una promoción, con certificado final de obra, pero quien tiene que emitir el ultimo informe del ayuntamiento está de vacaciones. Mi retraso en la entrega puede ser de una semana y no hay voluntad de incumplimiento. ¿Podría un cliente ejecutar el aval de entrega de cantidades a cuenta?.
Hola Manuel.
El arrendador podría ejecutar el 100%, todo depende de las clausulas del aval. Si ha incluido el punto de “Ejecución a primer requerimiento” no tendrá que justificar nada y podrá irse con todo el dinero depositado en el aval.
En caso de que ocurra esto tendréis que reclamar las cantidades que ha cogido indebidamente.
Saludos.
Hola Rafael.
Te aconsejo que hables con la entidad bancaria donde tienes los avales ya que dependerá en primer termino de las condiciones incluidas en el clausulado del aval y sin conocerlas es muy difícil de saber.
Saludos.
hola buenas tardes.
He incumplido como parte compradora un contrato de compraventa sobre plano y en mi contrato indica que se quedan con las cantidades recibidas hasta ese momento en concepto de indemniz, pero los pagos que he realizado están depositados en el bbva como aval bancario.
Puede indicarme si la promotora demuestra al bbva que he incumplido, el bbva (aval) puede transferir el dinero a la cuenta de la promotora, sin mas????
gracias
Si tengo un depósito pignorado como garantía de una hipoteca si quiebra el banco, ¿se salda la deuda? ¿o entra el fondo de garantia y sigo debiendo lo mismo?
Tenia un terreno del cual vendí una parte,se hizo una agrupación y una segregación, pero hipotecaron todo el solar
antes de segregar incluido el mio, me pagaron en dinero y en especie, es decir una casa a cambio de obra que tenia que estar terminada,La empresa va a presentar concurso de aacreedores y yo tengo tengo el terreno hipotecado, con una obra al 25%´,luego distribuyen la hipoteca, y querian ratificara la distribucion hipotecaria, de la finca, y además cancelan su hipoteca, quedándome yo con la finca hipotecada, me dijeron se trataba de una pignoración, me hicieron un aval bancario, que cubría si la empresa quebraba, tengo que ejecutar el aval porque puede que tenga problemas para cobrarlo si presenta concurso de acreedores?
El aval es de primer requerimiento puedo tener problemas para cobrarlo? el banco me pone pegas y me dice que tiene que descontar el 26% de la obra hecha, con lo cual no me cubre la hipoteca que tengo sobre mi solar de mi propiedad que no vendí, porque en el contrato de compraventa dice que iria rebajándose el aval a medida que se hiciera la obra, pero también en la pignoración se tenia que ir rebajando la hipoteca, ese era el trato. El banco y la empresa en quiebra, hipotecaron el solar porque según dicen en el registro constaba a mi nombre, ahora la finca que vendí que pasa con ella, si se la queda otra empresa, tendria que coger las condiciones que pacté con la primera? sino, se la queda el banco? sale a subasta? Muchas gracias
Hola: Estoy esperando la entrega de un piso cuyo plazo de entrega era septiembre de 2008. Desde hace varios meses la promoción tiene expediente de paralización de obra por parte del Ayuntamiento. Tengo aval BBVA, que me garantiza hasta 6 meses a partir de la fecha de entrega de las viviendas, pero en el contrato de compra-venta la promotora se dá un plazo de 6 meses más, a partir de la fecha de entrega, con lo cual cuando la promotora incumpla yo ya no tendré la garantía del aval.¿Qué puedo hacer?. Muchas gracias. José Miguel.
Hola, me he dado de baja de una cooperativa y el dinero que me tienen que devolver lo harán con pagaré a vencimiento entre 9 a 12 meses.
¿puedo solicitarle que me den aval bancario? ¿Si lo solicito están obligados a darme el pagaré con aval? gracias
tengo hecho un aval bancario por el alquiler de una vivienda de v.p.o.No tiene fecha de finalizacion,el aval esta hecho por la renta de seis meses.Mi pregunta es:¿si estoy toda la vida en el piso,nunca podre disponer del dinero del aval ?
Hola, agradecería asesoramiento sobre la siguiente pregunta ¿Que consecuencias tiene sobre un aval bancario a primer requerimiento, que el avalado se declare en concurso de acreedores?. ¿Sigue siendo valido y ejecutable?
Muchas gracias.
Hola Manuel.
Pues por desgracia es así, no podrás disponer de ese dinero.
De todas formas con el tiempo puedes intentar negociar con el banco para que te deje disponer de parte de ese dinero o incluso de todo.
Saludos.
Hola, solicito asesoramiento sobre ésta pregunta ¿Cómo puedo retirar un aval con duracón de 1 año, para alquiler de nave y que ya está vencido?. Todas las rentas fueron satisfechas correctamente. Ahora dice el banco dice que tengo que entregarles el original, pero dicho original no aparece. Muchas gracias.
Hola Mari Luz.
Si el aval está vencido no deberían de ponerte pegas ya que no se podría cobrar. Háblalo con ellos e intenta negociar.
Saludos.
Hola, me gustaría me asesorasen sobre la siguiente pregunta. ¿Es normal que la entidad bancaria de la promotora a la cual realicé una entrada de dinero para la compra de una casa, al cabo del año de haber realizado dicha entrega, se niega a darme dichos avales de las entregas debido a las circunstancias actuales con las cajas y bancos nacionales?
Y además, si estos avales fueron solicitados con anterioridad y no se pudieron recoger, ¿prescriben y hay que volver a solicitarlos?
Muchas gracias y un saludo.
Hola Flory.
No es normal que se escuden en eso, lo mas probable es que la promotora pase por un momento malo, así que apura antes de que pueda entrar en quiera.
Si la ejecución del aval es justificada acude al banco o caja con un notario que de fe de que se niegan a ejecutar el aval y si no te lo dan puedes reclamar en atención al cliente y posteriormente ante el banco de España.
De todas formas lo mejor en estos casos es acudir con todos los papeles a un profesional que te pueda asesorar adecuadamente.
Saludos.
Me gustaría saber si es necesario que un aval bancario para un piso de alquiler sea firmado ante notario, ya que la entidad financiera me indica que al ser una cantidad pequeña no es necesario. El propietario,por otra parte, me indica que hay que acudir al notario. ¿Qué hay que hacer en realidad? ¿Para qué es necesario firmar ante notario?
Un saludo. Gracias.
Hola María.
El que te da el aval es el banco y si ellos dicen que no necesitas del notario para el aval pues ya está, no te preocupes.
Saludos.
Buenas tardes,
El banco nos ha concedido un aval que nos solicitaron para un alquiler, el aval es a primer requerimiento, pero en una de las clausulas del aval, dice que para entregar el requirimiento de pago, la entidad bancaria necesita un acta notarial en la que se justifica lo que pidiera en su caso el beneficiario.
Este nos dice por su parte que se quite esa clausula de la carta ya que los costes serian muy elevados, y que es una clausula para que el banco quede mas cubierto.
A nosotros no nos parece mal esto, ya que al ser a primer requerimiento también nosotros quedamos cubiertos con esa clausula.
Nos podrias asesorar sobre ello?
Un Saludo. Gracias.
Hola Sergio.
La clausula “a primer requerimiento” obliga al banco a abonar el importe del aval a petición del beneficiario del aval sin necesidad de ninguna justificación.
La clausula del acta notarial sirve para protegeros a vosotros y, por supuesto, al banco en caso de que el beneficiario quiera hacer efectivo el aval ya que le obliga a justificar ante notario los motivos de la ejecución del aval.
Yo no quitaría esa clausula, me parece muy interesante desde vuestro punto de vista, además me haría pensar mal de quien quisiera quitar esa clausula ya que me daría la impresión de que quieren ejecutarlo en cualquier momento y sin justificar nada. Por supuesto es sólo una impresión personal.
Saludos.
Muchas gracias por contestarnos tan rapidamente. Tu opinion confirma mas o menos lo que habiamos pensado.
Buenos días,
Hace mes y medio solicité la ejecución de unos avales ya que la promotora se retrasó en el plazo de entrega del piso y aún estoy esperando que el banco me diga algo. Lo único que sé es que la promotora les ha amenazado con que si ejecutan avales les denuncian. La única opción que da el banco es que un juez les obligue a pagar, pero yo querría evitar la vía judicial por lo que puede llegar a tardar ¿Se le puede presionar al banco de alguna manera?
Les cuento mi situación que llevo tiempo arrastrando y no le veo salida. Tenía un negocio de hostelería como comunidad de bienes. Una empresa de cerveza nos adelantó un dinero en concepto de publicidad con un contrato firmado por los dos que formamos la CB. Además nos adelantó un dinero en concepto de venta de cerveza con un aval bancario firmado por mi y por mis padres como avalistas. Ahora quiero que me devuelvan el aval ya que el negocio ha cerrado pagando la cantidad que falta de la venta de cerveza que me facilitó la empresa.
La situación es que no me devuelven el aval porque quieren que pague los dos contratos, aunque el de publicidad no estuviera avalado.
A día de hoy, no ejecutan (no se si es pq no tienen documentos suficientes para justificar el total de la cantidad). He solicitado a mi banco la cancelacion del aval previo pago de la cantidad del contrato avalado y me responden que ellos no pueden hacer nada.
No quiero pagar todo porque libraría al otro socio de la comunidad de bienes de toda la deuda. Solo quiero pagar el contrato que está avalado por mí y por mis padres, y dejar de pagar sus intereses.
Gracias de antemano
Hola Vanessa.
Pues lo único que te queda es amenazar tu al banco para que hagan efectivos los avales, aunque no se por que me da que no va a servir para nada.
Si está justificado deben de darte el dinero, acude a un abogado y que el te haga el requerimiento de forma adecuada.
No veo la razón para acudir a un juez si está justificada la entrega del aval.
Suerte.
Saludos.
Hola Jesús.
Leete bien el contrato del aval para ver si lo podrían ejecutar a cuenta de lo que debéis y que no está avalado.
De todas formas el banco no puede cancelar el aval si no es por finalización en tiempo o por que lo entregue el poseedor del aval.
Como siempre digo, lo mejor es que acudas con todos los papeles que tengas a un profesional para que pueda evaluar de forma adecuada tu situación.
Saludos y suerte.
Muchas gracias por tu tiempo y por tu contestación. Me ha sido de utilidad la respuesta. Un saludo
Un mayorista me pide un aval bancario para poder ser su distribuidor. ¿El banco me va a exigir ingresar de facto ese importe o el aval no implica la necesidad de disponer efectivamente de ese dinero? Gracias.
Hola Sostenible.
En general si, tendrás que tener el dinero y dejarlo inmovilizado en el banco, aunque eso depende del banco y de tu vinculación con el.
Saludos.
Cuando se termina una construcción se recupera el aval íntegro o se queda un porcentaje durante un año para previsión de defectos o vicios.
Si es potestad de cada municipio, mi pregunta es sobre el municipio de Linares en Jaén
- HE PERDIDO UN AVAL Y SOLO TENGO FOTOCOPIA, LE ESTOY PIDIENDO AL BANCO EMISOR ME HAGA UN DUPLICADO Y ME DICE QUE PRIMERO TENGO QUE RENUNCIAR AL ANTERIOR. ¿ES ESO CORRECTO?
GRACIAS
Hola Ana María.
Si es correcto, piensa que ellos también han de protegerse.
Saludos.
Hola, He comprado un piso sobre plano, con fecha de entrega en marzo de 2009. Hasta ahora tengo casi 45,000 euros entregados. La empresa no ha iniciado la obra. Ha declarado concurso de acredores voluntario. Cerro la oficina, a lo largo de estos dos años de pagar religiosamente no se han puesto en contacto con nosotros. No responden a nuestras llamadas telefonicas. En el contrato firmado establece que las cantidades estan avaladas por poliza bancaria. Pero no nos han entregado materialemente el aval, aunque el mismo contrato recoge la entidad y cuenta de deposito de las cantidades. ¿es ejecutable un aval en estas condiciones? ¿El banco esta obligado
a confirmarnos la exitencia del aval? Agracemos su ayuda, estamos
un poco desesperados, por que ademas según contrato en marzo deberíamos dar 20,000 antes de “firma de escrituras”, dinero que ademas no tenemos, ya que era nuestra idea pedirlo al banco y luego incluirlo en la hipoteca del piso.
En fin mil gracias.
¿ Se puede ejecutar un aval, estando la empresa en concurso de acreedores voluntario? ¿Es posible que una constructora no entregue el aval, al beneficiario, aunque este exista de hecho. Esta obligada la empresa a entregarlo al beneficiario? si se niega, ¿que se puede hacer? ¿quien debe entregar el aval, el empresario o el banco ?
Gracias por su ayuda
HOLA, tengo un aval bancario de hace 2 años, he cerrado mi negocio, y tengo todos mis pagos al día, este aval caducó en Octubre, el banco me ha dicho que al estar caducado, mi franquicia no podría recurrir al aval ya que esta caducado, pero que mientras que no le entrege el papel original, me seguiran cobrando por el, mi central no me devuleve el papel, y por lo tanto me lo siguen cobrando, yo no entiendo nada de esto, porque si ellos no me lo devuelven, que me pueden cobrar toda la vida este aval???
Hola, hace tres años alquilé un piso y entregé un aval bancario, este mes he dejado el piso y las fincas con las que firmé el contrato no quieren devolvermelo pues dicen que primero tiene que ver si las facturas de la luz, etc , estan al corriente de pago, yo me he ofrecido a entregar la ultima factura con lectura del mes en su presencia , pero ni asi me lo quieren devolver, estan en su derecho de no devolverlo ?
Muchas gracias
Hola Cristina.
Deberían devolverte el aval en cuanto comprueben lo que necesiten comprobar pero debería de ser cuanto antes para que a ti no te supusiera más gasto.
Si después de entregar la documentación que te requieran no te entregan el aval acude a un abogado para que te gestione cuanto antes la reclamación del aval y los gastos derivados por retenerte el aval más tiempo de lo debido.
Saludos.
Buenas tardes,
Me he apuntado a una Comunidad de bienes de Arcosur (van a construir viviendas VPO, en Zaragoza). Mi pregunta es si es posible pedir un aval bancario, según he oido, al ser una comunidad de bienes no es posible pedir aval al banco, nosotros somos los “promotores” y sería como si unos nos avalamos a los otros.
Esta explicación no la entiendo muy bien. ¿Podría explicármelo, por favor?, así como saber qué ley o cómo se regula esto de los avales a cooperativas/comunidades de bienes.
un saludo
Hola Raquel.
La explicación que te han dado parece bastante lógica ya que ¿para que os vais a avalar a vosotros mismos?
Por ejemplo, si para construir tuvierais que poner todos los comuneros 100.000 euros todos tendríais que depositar otros 100.000 euros en el banco para cubrir en caso de que vosotros mismos incumplierais los plazos que os habéis marcado.
Saludos.
Buenas Tardes.
Estoy mirando un piso de alquiler en el cual me piden 3.000 euros de aval bancario.Aparte de la fianza de dos meses,y de las altas de suministros,cosa q veo un poco excesiva.
Mi pregunta es si esa cantidad del aval de 3000 euros,la puede poner el mismo banco,y de ser asi,el coste que me supondria.
Muchas Gracias.
hola, soy aval de un coche por engaños yo pense que firmaba ser propietaria y resulta que soy aval, me han dicho que la unica forma de cambiarlo es que el presente otro aval mas fuerte, pero el no quiere y aemas lleva 4 meses sin pagar y son poder contactar con el, yo se que tiene dinero para pagar porque trabaja, podria denunciarlo? y si yo pago podria quedarme con el coche, habria alguna manera de solucionarlo. mchas gracias
Hola Daniel.
Eso debes de negociarlo con el banco, lo habitual es que tengas que depositar ese dinero en el banco.
Saludos.
Hola Raquel y Rosa.
Lo mejor es que acudáis a un abogado para gestionar vuestros problemas ya que es muy complicado contestaros sin saber con exactitud todo lo que rodea a vuestros casos.
Suerte a las dos.
deseo saber si puedo retirar el aval que le ofreci a mi hija para la compra de un chalet, avale con mi pension de viudedad, ¿que consecuencias tiene para mí? y ¿ para mi hija? ya que esta ha dejado de pagar la cuota mensual del crédito por falta de medios económicos.
Hola Delia.
Una vez avalado no se puede retirar el aval, piense que si fuera así no tendría ningún valor.
Le aconsejo que acuda a la entidad financiera junto con su hija para intentar llegar a un acuerdo antes de que le embarguen su pensión.
Suerte.
ola quiero solicitar un aval bancario para una fianza que me piden para poder alquilar un local (bar) sria de 12000 euros.cual seria el interes que yo tendria que pagar? y seria anualmente? gracias por la informacion
Hola Rebeka.
Puedes leer el artículo que publicamos hace un tiempo sobre este tema: Comisiones bancarias de un aval
Saludos.
Hola a todos!
Lo primero felicitaros por lo útil de los contenidos que aparecen en la Web, y por los interesantes temas del foro.
Tengo una cuestión que plantearos:
En la empresa en la que trabajo presentamos un aval como garantía para ir a un concurso público. Se emite por el banco, con el nombre bien escrito de la empresa, y el CIF de otra. Al depositar el aval, la administración toma sólo el CIF, y nos deja fuera del concurso por error material en el aval. Sin embargo, el banco dice que de ejecutarse el aval, se haría a nombre de la empresa para la que se solicitó.
Mi pregunta es la siguiente:
En un aval bancario, ¿Qué prevalece, el nombre escrito en letra, o el CIF?
GRACIAS!
Hola Conejero.
Pues la verdad es que no sabría contestar a esta pregunta. Al final es lógico que la administración tenga en cuenta el CIF y el banco a quien le firme, aunque supongo que habrán relacionado una cuenta corriente al aval así que ejecutarán contra esa cuenta y contra quien halla firmado.
Saludos.
Un amigo mio va a pedir un préstamo en un banco de 30000 euros, y la única posibilidad para que se lo concedan es piganorando de mi cuenta 20000 Euros, que influencia puede tener eso en mi o que riesgos pueden suceder?
Hola Manuel.
El efecto es que no vas a poder disponer de ese dinero y la consecuencia de que tu amigo deje de pagar es que lo perderás.
Saludos.
gracias por adelantado manuel,mi problema es que he comprado un piso,no va a estar acabado para la fecha que dio el constructor,y entonces pasamos al aval,especifica que si la obra a 20 abril,no esta acabada,o no tiene cedula de habitabilidad,el banco me pagara las cantidades que di anticipadamente,cual es el problema?que el aval del banco esta redactado del mes de enero de este año,CUANDO YA HABIAMOS ENTREGADO CASI TODAS LAS CANTIDADES,Y CON UN NUMERO DE CUENTA DISTINTO AL QUE HABIAMOS INGRESADO,MI PREGUNTA ES NO PUEDO IR CONTRA EL BANCO POR MALA FE O MALA PRACTICA?QUE DIRIA LA LEY?ES NORMAL UN ABUSO SEMEJANTE?POR FAVOR,MANUEL,TE RUEGO QUE ME ASESORES,PORQUE ESTOY EN UN SINVIVIR,Y MEDIOS PRECISAMENTE NO SON LOS QUE ME SOBRAN,GRACIAS
Hola lola.
Contra quien tendrías que ir es contra el constructor/promotor que es el que tiene la obligación de entregarte la copia del aval en el momento de la firma del contrato. Te aconsejo que acudas a un abogado con toda la documentación para que estudie a ver cual es la mejor vía a tomar. Probablemente no tengas problema para cobrar pero lo mejor es que lo revises cuanto antes, es muy importante que lleves el aval (o una copia, no se vaya a perder) y los justificantes de los ingresos.
También podrías intentar ir al banco y preguntar directamente, sin malos rollos y en plan despistado a ver que te contestan, a lo mejor es algo tan simple como que la cuenta donde ingresasteis el dinero es sólo una cuenta puente.
Revisa también el documento del aval a ver que dice exactamente.
Saludos y suerte.
Buenos dias,
Estoy desde el mes de enero intentando ejecutar un aval bancario ya que la vivienda que adquiri no me ha sido entregada a fecha de 31/12/08, como asi se estipula en el aval. El banco me dice que hasta que la promotora no presente un informe de las causas que han provocado ese retraso (aun no se han entregado!) no me puede decir si puede o no ejecutar el aval.Lo hed reclamado via requerimiento notarial, quejas en firme al Serv de Atencion al CLiente de la entidad, y teng oque esperar 2 meses para dirigirme al Banco de Españ. El aval es de lo mas claro, si no se cumplen los plazos, el aval es libremente ejecutable… por qué no cumplen? estan esperando a que entreguen las viviendas para que el aval se anule? si es asi a mi me puede afectar en algo? Solo me queda la via judicial? Muchas gracias por adelantado.
Hola Marta.
Supongo que el banco debe de comprobar que realmente las viviendas no están entregadas. En principio el motivo no tendría que influir pero es probable que el banco tenga miedo de que le llegue una avalancha de reclamaciones y ande con tiento.
Aunque entreguen las viviendas el incumplimiento de contrato ya es efectivo y si ya has iniciado los trámites para la reclamación deberían de hacértelo efectivo.
Si no lo hacen efectivo sólo te queda la vía judicial con todos los inconvenientes y retrasos que ello conlleva. Acude también a alguna asociación de consumidores como facua y a la oficina del consumidor de tu localidad para hacer presión.
Saludos y suerte.
Hola,
¿Cómo puedo saber si un aval bancario es a primer requerimiento? Tienen que constar específicamente las palabras “primer requerimiento”?. Concretamente en el mío pone:
“Solidariamente y con renuncia a cualquier beneficio de excusión, división o derechos preferentes a XXXXX Inmobiliaria…”, pero no pone nada de primer requerimiento.
Muchas gracias por adelantado.
Hola Susana.
El aval debe de tener las palabras “a primer requerimiento” para que sea a primer requerimiento. =:-)
Hola.
Quiero alquilar una vivienda para lo que me piden un aval bancario.
El problema es que actualmente no cuento con la cantidad necesaria para el aval.
¿Podría solicitar un crédito por el total del aval con mi banco, y usar esa cantidad para el aval?
Sé que el crédito aumentarían mis gastos, pero lamentablemente no veo muchas otras opciones.
Gracias.
Hola Robertoh.
Una posibilidad es el que te den el crédito y que te permitan meter ese dinero en un depósito o similar que te pueda dar algo de interés para poder aliviar un poco el gasto. Háblalo con tu entidad financiera, no todas lo permiten y tal como están las cosas son capaces de pedirte a ti un aval para darte el crédito.
Puedes estudiar otra opción, el seguro de alquiler pero eso debe de ser el dueño del piso el que lo suscriba, normalmente repercutiéndote a ti el coste de ese seguro.
Saludos.
He solicitado un aval a la Caixa por importe de 4350€ para garantía de un alquiler.
Me piden un 1% de interés anual si el aval es pignorado a cobrar trimestralmente, y un 4% anual si no es pignorado.
Quisiera saber si esto es correcto.
Muchas gracias.
Hola Conso.
No hay un precio estandar para todas las entidades en cuanto a las comisiones que cobran por los avales. El precio que te han dado no es una barbaridad aunque tampoco una ganga.
No es una cantidad muy elevada así que quizás te interese la pignoración manteniendo ese dinero en un depósito y así de esa forma es probable que con lo que saques de intereses con el depósito cubras el coste del aval, de todas formas esto debes negociarlo con el banco por que no todos lo permiten.
Saludos.
hola. recientemente me ha tocado una vpo en forma de cooperativa. he aportado la cantidad pero no se me entrega aval ni nadie sabe nada.
es obligatorio que la promotora, en este caso, creo que los cooperativistas tengamos el aval?
Gracias.
Hola Irene.
La ley no excluye a las cooperativas o las viviendas VPO de la entrega del aval o seguro por las cantidades entregadas. Reclama el aval o seguro por que estás en tu derecho.
Saludos.
hola soy pili
hace 3 años avale un coche pero el propietario hace mas de 10 meses ke no paga y lo estoy pagando yo tengo alguna posibilidad de kitarle el coche .
gracias
Hola Pili.
Si no quiere pagar tendrás que llevarlo a juicio para reclamarle el coche o por lo menos el valor de lo que lleves pagado. Habla con un abogado para que estudie la posibilidad de reclamar el coche.
Saludos.
Hola Manuel
En 2007 firmé un contrato de reserva de una vivienda sobre plano. Hay una clausula que especifica las cantidades a pagar en la entrega de llaves sin indicar fecha.
Por otro lado en el calendario de vencimientos la ultima cantidad a pagar, que coincide con la anterior, se realizará en diciembre de 2008. Lo cual implicitamente está fijando como entrega de llaves Diciembre de 2008.
Tengo un aval bancario que especifica que cubre las cantidades pagadas en caso que la obra no se termine o no llegue a buen fin por cualquier causa en el plazo convenido de 31 de Diciembre de 2008.
Por lo que he entendido de otras consultas, yo puedo ir a ejecutar el aval, pero no lo he entendido muy bien por lo que te expongo mis dudas:
¿tengo derecho a ejecutar el aval yo directamente en el banco o ha de ordenarlo un juez? ¿como debo hacerlo? ¿puede negarse el banco a ejecutarlo?
He leido tambien algo de que el banco pedirá un informe a la constructora. ¿Qué sucede si ésta se niega a proporcionarlo?
Muchas gracias de antemano.Toda la informacion que me puedas aportar, o alguna direccion donde se explique con detalle te lo agradecere enormemente.
Un saludo.
Hola, tengo un aval bancario con una franquicia que vence en el mes de junio.
He traspasado el negocio a la franquicia, pero ellos se quieren quedar con el aval hasta asegurarse que estén al día todos los pagos de seguros sociales, IVA’s,…cosa que entiendo. Mi pregunta es :si tengo todos los pagos al corriente y no me devuelven el documento de aval y el banco no lo renueva en el mes de junio,puede tener para la franquicia ese documento validez? yo puedo volver a disponer del dinero que se pignoró como garantía de dicho aval a partir de junio?( si entregan el aval si, y sino lo hacen?)
Tengo entendido que si el aval caduca o no se renueva ya no tiene validez dicho documento de aval, pero no estoy segura.y si no se devuelve el original del aval a la Entidad bancaria aún estando cancelado el aval, podría disponer de mis fondos o no?
Hola Nathalia.
Una vez que el aval vence deja de tener validez por lo que el dinero que tienes pignorado quedará libre y podrás disponer de el sin problemas.
Saludos.
Tengo entregado un aval bancario a primer requerimiento al que era mi arrendador, pues ha vendido el piso. El nuevo arrendador me pide que le entregue uno nuevo en sustitución. Ello tiene gastos y creo que no estoy obligado. Pero … ¿podría el nuevo arrendador dirigirse a mi Bancio y, sin mi consentimiento, lograr que el Banco le reconociera como beneficiario de mi aval?
Hola José.
Puedes estar tranquilo por que el banco no puede hacer un aval a tu nombre sin tu consentimiento.
Saludos.
Gracias Manuel Ángel. Pero no me has debido de entender. No se trata de un nuevo aval, sino del que ya tengo. Mi pregunta es si, sin contar conmigo, el nuevo arrendador puede dirigirse a mi banco y obtener de él una carta u otro documento en el que le acepte como nuevo benficiario del aval, como subrogado en la posición del anterior beneficiario y, pueda, por tanto, ejecutar en mi contra el aval, pese a que en la copia que yo me hice no figure (por no serlo entonces) el nuevo propietario.
Hola José.
Cierto, lo había entendido mal. De todas formas la respuesta es igualmente negativa. Los avales no se pueden endosar de una persona a otra, hay un beneficiario y se tiene que respetar.
Si el nuevo propietario quiere un aval tiene que pedirlo a su nombre, es como el contrato de arrendamiento, tendrás que firmar un nuevo contrato ya que el propietario cambia (creo, no es mi campo y no estoy 100% seguro).
Si te exige el aval intenta que el corra con los gastos del nuevo aval ya que tu no eres el culpable de que comprara el piso o por lo menos que te compense con algún tipo de mejora o descuento en la mensualidad.
Muchísimas gracias.
Ya me voy aclarando.
Saco de positivo que los avales no se pueden endosar; pero, y si el Banco lo acepta?.
El contrato, desde luego, no me lo van a cambiar. Eso seguro. Ya me he informado. Muchas gracias.
Hola!!! tengo que solicitar un aval bancario por 3 meses(840), es decir 2520 euros. Que requisitos he de cumplir para que me avalen??????
Si estoy en el paro me lo darán?
Hola Sara.
Depende de tu vinculación con el banco pero en principio como regla general debes de tener ese dinero depositado en el banco mientras dure el aval.
Saludos.
Hola, hice un aval bancario hace mas de dos años (el aval lo hice por 4 años)como garantia del la vivienda donde vivo de alquiler, por el aval tuve que meter un dinero en una cuenta a plazo fijo. Hoy me llamo el Sr. del departamento de avales del banco diciendome que no tenía firmada la pignoración que tendría que firmar ahora, yo no se lo que es,ni si debería firmarla y por qué ahora despues de 2 años y pico? otra pregunta como se renueva el aval? para hacerlo tendria que volver a pasar por la notaría?
muchas gracias.
he de tenerlo en el banco sin tocarlo??
graciass
Hola Victor.
La pignoración es la garantía que has dejado en prenda por el aval, en tu caso es el dinero que has depositado en su momento. Posiblemente se les olvidó en su momento la firma de ese documento y al realizar alguna inspección o auditoría se encontraron con que no lo tenían. Para ti sólo supone una firma y para el que no te lo pidió en su momento un buen marrón.
Respecto a la renovación del aval mejor preguntas en el banco ya que depende del contrato y del banco.
Saludos.
Hola Sara.
Pues si, no se puede tocar.
Saludos.
tengo un aval bancario por seis meses de alquiler.La empresa que era propietaria de los pisos ha heche casi crack y estos han pasado a ser propiedad de otra entidad bancaria distinta de donde tengo el aval.Dado que esta nueva entidad no me ha pedido aval, y este continúa siendo beneficiario el antiguo propietario ¿Puedo pedir al banco que me devuelva el aval o lo tirnr que solicitar el antiguo dueño?
Buenos días,
Me he comprado una vivienda pero aún no he firmado el contrato. Ya he entregado una cantidad elevada de dinero, y en cuanto he pedido un aval bancario por dicha suma me dicen que se lo darán a todos los propietarios una vez hayamos firmado el contrato.
Mi duda es : si yo pido de nuevo un aval bancario, ¿tiene la promotora un plazo máximo para entregármelo desde el momento de mi petición?
Muchas gracias de antemano.
Hola Rocío.
La promotora tiene la obligación de entregarte el aval en el momento de firmar el contrato, lo curioso es que ya hallas entregado una cantidad elevada de dinero sin ningún contrato por el medio, ten cuidado, no es muy recomendable entregar dinero a promotoras o constructoras tal y como están las cosas sin algo que te pueda proteger.
Saludos.
¡Hola!
Mi marido y yo estamos en vistas de alquilar una vivienda y los propietarios nos piden como garantía un aval bancario de seis meses.
Fuimos a pedir información a nuestro banco habitual (Bancaja) y en principio nos dijeron que el aval se podía efectuar sin pegas sobre la cantidad requerida y que ésta quedaría retenida hasta el fin del contrato de alquiler. El problema es que cuando fuimos a solicitar el aval nos pidieron una nómina como aporte extra para condedérnoslo.
¿Es normal que si tienes más ingresos disponibles en la cartilla aparte de la cantidad requerida para el aval, en el banco te pidan además una nómina? Sinceramente me parece un poco abusivo por su parte porque ellos tienen bien cubiertas las espaldas. ¿En todas las entidades bancarias solicitan los mismos requisitos para conseguir un aval bancario de alquiler si vas con la pasta del mismo por delante?
Gracias de antemano. Un saludo.
Hola María.
Hasta no hace mucho no era habitual que te obligaran a domiciliar una nómina, pero no eres el primer caso que me lo comenta. Háblalo con ellos y busca alternativas en otro banco para poder negociar.
De todas formas te puedo dar dos alternativas al aval:
- Si tienes planeado estar un año o más en el piso negocia con el propietario el pago por adelantado del año en sustitución del aval.
- Intenta sustituir el aval por un seguro de alquiler a tu cargo, para el propietario es lo mismo o mejor y para ti supone un desembolso menor además de no obligarte a retener esa cantidad durante un año.
Saludos.
Hola, mi pregunta es:
Conforme con el art 1 de la ley del 68 de entrega de cantidades adelantadas (más o menos así denominada) puedo obligar al banco a entregarme un aval que la constructora no me quiere dar?? el dinero ya lo he pagado por que me dijeron que ya me darían los avales.
Muchas Gracias
Hola Carmen.
No puedes obligar al banco a nada, el que te tiene que dar el aval es la constructora.
Habla con la constructora y si no atiende a razones denúncialos.
Saludos.
Hola, tengo unas pequeñas dudas a la hora de resolver un contrato de compraventa, tengo tres avales que quiero ejecutar uno a mi nombre, otro a nombre de mi novia y otro al de los dos. Las preguntas son las siguientes:
-Documentos a presentar para la ejecución: copia del contrato, copia de la comunicación remitida al Promotor para la resolución del contrato, comunicación de solicitud de ejecución, ¿justificación de los pagos realizados?, copias de DNI?
-Si la solicitud de ejecución debo presentarla a la vez que se remite la comunicación de resolución ó si se debe esperar, si es así plazo
-Si la solicitud de ejecución debéis hacerla:
o yo por el mio,
o mi novia por el suyo y
o ambos por el común ó
osi podémos hacer una conjunta por los tres ó si puedo hacerla yo en mi nombre y en el de ella por los tres avales
-Forma de cobro: si es abono en cuenta, si debéis ser ambos titulares
Muchas gracias, saludos
Hola,
he suscrito a un aval para alquiler un piso. El aval tenia fecha de vencimiento (1 de Agosto de 2007). Esta escrita la tal clausula: “Transcurridos 15 dias desde esta fecha, si BARCLAYS BANK no ha sido requerido en el edificio de modo fehaciente de pago de cantidad alguna, caducará y quedará extinguido el presente compromiso y el Banco liberado de todas las responsabilidades contraídas en virtud de este aval.”
Sin embargo, me han seguido cobrando una comision trimestral hasta el dia de hoy, que me di cuenta (estoy pensando en moverme de piso). Ahora, Barclays me dice que no me van a devolver las comisiones porque no les he devuelto el aval (no hay nada escrito sobre ese asunto en el contrato de aval), y que aún con vencimiento, el aval en derecho español tiene fuerza ejecutiva (En el texto de este no figura nada de primer requerimiento…), y que, si el beneficiario acude hoy y reclama una cantidad, ellos tienen que pagarselo, y despues, ellos pueden hacer un pleito para hacerse reembolsar !!!
Me parece una argumentación de una mala fé impresionante, y queria saber si por alguna razón me estoy equivocando. Si no, que me recomiendas ? hacer una demanda al Banco de España ?
Muchas gracias de antemano por su ayuda.
Saludos cordiales,
Hola Sr. Fernandez : Tengo un aval bancario de LA Caixa por la compra de un piso , resulta que la promotora da quiebra y entra en concurso de acreedores , pedi al banco por requerimiento notarial la ejecucion del aval y me dicen que no me pagan porque la empresa esta en concurso , y debo esperar , es eso cierto ???? mi abogada me dice que si los demandamos , el juez dictara que me paguen , pero ya llevo gastado mucho dinero en notarios y quiero saber si es asi para meterme en ese proceso o debo esperar al concurso.
Muchas gracias
Hola Soledad.
En el caso que el plazo de entrega del piso hubiera vencido lo primero que se debería de hacer es requerir a los administradores concursales el pago de las cantidades entregadas a cuenta por incumplimiento de contrato y en caso de que estos no resuelvan ejecutar el aval.
El aval cubre las cantidades entregadas a cuenta si el promotor no las pudiera devolver y por tanto primero hay que solicitar formalmente esa devolución.
Evidentemente si todo lo anterior falla se puede pasar a la demanda pero primero mejor hablar con los administradores concursales.
Saludos.
Hola, yo debo dos prestamos personales a una caja de ahorros, pero, mi padre necesita un prestamo. El Banco dice que hasta que no cancele mi deuda no le dan a mi padre el prestamo. ¿Es esto asi?, incluso, ni mi hermano vale de avalista sin tener nada que ver conmigo. Me lo podria aclarar,por favor. Le doy las gracias anticipadamente.
Hola Ángel.
Si el único con ingresos y con posibilidades de avalar a tu padre eres tu es lógico que el banco rechace el préstamo. De todas formas cada entidad maneja el riesgo como quiere. Prueba en otra entidad, en la variedad está el gusto.
Saludos.
Me he explicado mal:resulta que yo estoy en el paro y tampoco quieren a mi hermano de avalista , pues , el trabaja y no tiene nada que ver con mis prestamos. ¿Esta queriendo matar dos pajaros de un tiro? El conceder el prestamo y al mismo tiempo, querer cancelar mis dos prestamos personales? Gracias por su respuesta.
Hola Angel.
No necesariamente, el análisis de riesgo de las entidades bancarias es un tema que muy difícil en el que prefiero no entrar. Probablemente consideren que tu padre no reúne las condiciones para conceder el préstamo o que simplemente no quieran conceder el préstamo.
Saludos.
Hola de nuevo, Don Miguel Angel, le comento; a mi padre tiene en ese banco una pension buena, hace muchos años, mi padre tiene algun patrimonio, suficiente para avalar, pero le dijeron, que por su edad, 84 años, necesitaba un avalista. Me ofreci yo, pero, no trabajo, y tengo una deuda con ese banco y no me quisieron. Entonces, pensamos en mi hermano y ahora, le dicen que tampoco. Ke se lo conceden a mi padre si incluimos en el prestamo mi deuda, unicamente, es mia. ¿Es eso asi? ¿No veo por ke razon a mi hermano que tiene su trabajo tampoco se la conceden? Indudablemente, kerran cobrar primero la deuda, mia, totalmente independiente del prestamo que solicito mi padre. ¿Pueden no concederle el prestamo a mi padre, aunque tenga propiedades,por su edad y aprovechando el querer cobrar mi deuda? Y que me recomienda si necesita mi padre sacar un prestamo, ir a otro banco?o tropezaremos con la misma piedra?. Le doy las gracias anticipadamente.
Una pregunta rápida: me han devuelto el aval, pero me han dejado caer que aún así pueden ejecutarlo… ¿es así?
hola,MANUEL,yo soy avalista de un amigo que no paga su prestamo personal.
el banco me esta reclamando, con el riesgo de embargarme la nomina.
mi amigo tiene un piso y esta en parro yo no puedo pagarlo porque tengo hipoteca ,la letra de coche y otras facturas que pagar.
mi prenguta es¿mi amigo puede dar en garantia su piso,paraque el banco no embargara mi nomina? que otro tipos de acuerdos podemos llegar con el banco?
un saludo y gracias
Como arrendatario de un local de negocio entregue al Arrendador el 5-04-2006 aval a primer requerimiento, equivalente a un año de renta, con vecha de vencimiento 3 meses depues de la terminación del contrato(marzo 2011) y como garantia de impagos o incumplimientos del contrato ferente a este.En enero de 2007 el Arrendador vende manteniendo los derechos de las rentas y gastos adeudados con anterioridad a la compraventa, momento en el que el nuevo Propietario se subroga en la posición de Arrendador. Se adeuda 7 meses de renta, El 23-07-09 El actual arrendador, que no es titular del aval solicita la ejecución del aval basandose en que hay cantidades no pagadas y que es el nuevo Arrendador.
PREGUNTA: ¿Tiene derecho a ejecutar el aval el actual Arrendador?
Hola Patricio.
Los bancos suelen reclamar el dinero al que sea más fácil de cobrar. Vender o subastar un piso es más difícil que embargar una nómina.
Lo mejor es que antes de llegar al embargo intentes hablar con el banco para ver que soluciones te pueden aportar y a que acuerdos están dispuestos a llegar.
Saludos.
Hola Luis.
Lo mejor es que acudas a consultar este tema con un abogado ya que tiene implicaciones legales que es mejor que resuelva un profesional.
Saludos.
Hola,en diciembre del 2008 comprmos un piso,llevamos pagando 7 meses no dimos nada de entrada y nos costo 167.000 euros,los padres de mi pareja nos avalaron,pero no podemos seguir pagando,tenemos dos niños y entre colegios y otras cosas no llegamos,que podemos hacer.
Hola
Es posible ejecutar un aval bancario sin disponer del original del mismo?. El inquilino no nos lo envió nunca,sólo disponemos de una copia remitida por el banco y de un archivo PDF que nos envió la agencia inmobiliaria. En caso de no poder ejecutarse, es posible reclamar vía judicial tanto al inquilino como a la agencia por no facilitarnos el original?
Muchas gracias. Un saludo
Hola Natalia.
En principio no es posible ejecutar un aval si no se tiene el original. Hablad con el banco la posibilidad de utilizar la copia remitida por ellos, pero me temo que es difícil.
Respecto al tema de poder reclamar vía judicial lo mejor es que lo consultes con un abogado para que te pueda dar una respuesta adecuada a tu caso.
Saludos.
HOLA, REALICE UNA PERMUTA CON UNA GARANTIA DE UN AVAL BANCARIO. EL AVAL LO HICIMOS POR EL 100% DEL VALOR DEL INMUEBLE A PERMUTAR, PERO LA VALORACION QUE SE HIZO EN ESCRITURA DEL INMUEBLE FUE INFERIOR. IGNORANDO QUE NO PODRIA RECLAMAR EL 100% DEL AVAL, SINO EL VALOR QUE SE DIO EN ESCRITURA. ME LA HAN PEGADO!!!!! LOS PLAZOS PACTADOS ESTAN A PUNTO DE CUMPLIRSE Y TENDRIA QUE EJECUTAR EL AVAL. ¿¿ EXISTE LA POSIBILIDAD MEDIANTE TASACION DEL INMUEBLE DE RECLAMAR EL 100% DEL AVAL JUSTFICANDOLE A LA ENTIDAD FINANCIERA EL VALOR REAL??? GRACIAS, POR VUESTRA ATENCION!!!!
Hola Juan Antonio.
Normalmente no se puede modificar el valor de un aval, si se admitieran piensa que el mercado podría haber fluctuado a favor de los otros y que ellos también podrían entonces solicitar esa revisión del aval, siendo tu el que perdieras. Además a los bancos no les interesa nada estos cambios por que ellos son los que mas pierden.
Lo único que podrías hacer es hablar con los constructores y que ellos te firmen otro aval por la diferencia, pero me imagino que no estarán por la labor.
Saludos.
MANUEL ANGEL, ANTE TODO,MUCHAS GRACIAS POR TU ANTENCION! UNA VEZ RECONOCIDO MI AGRADECIMIENTO, ME GUSTARIA ACLARARTE QUE MI INTENCION NO ES MODIFICAR EL AVAL, EL AVAL SI CUBRIRIA EL VALOR REAL DEL INMUEBLE EN LA ACTUALIDAD. EL PROBLEMA LO TENGO EN EL VALOR QUE SE LE DIO AL INMUEBLE EN LA ESCRITURA DE PERMUTA, FUE INFERIOR, AL PRECIO QUE VALORÉ, PRECIO EN EL QUE SI SE PLASMO EN EL AVAL BANCARIO. LA CUESTION ES SI PUEDO RECLAMAR EL 100% DEL AVAL O POR EL CONTRARIO LA ENTIDAD FINANCIERA SE REGIRA SOBRE EL VALOR QUE SE LE DIO AL INMUEBLE??????? MUCHAS GRACIAS! ESPERO HABER SABIDO EXPONER MIS DUDAS!
Hola Juan Antonio.
La verdad es que me resulta difícil responderte ya que para ello es imprescindible leer el documento del del aval. Lo normal es que te devuelvan el 100% del importe del aval pero conociendo a los bancos es fácil que ellos entiendan que han de devolver el 100% del valor escriturado del inmueble si este es inferior, es dinero que se ahorran.
Debes de mirar en el documento del aval a ver si este hace referencia al valor escriturado del inmueble y si quieres aclarar definitivamente estas dudas lo mejor es que lleves toda la documentación a un abogado especializado y que el te lo aclare después de estudiar todos los papeles.
Suerte.
MANUEL ANGEL,MUCHAS GRACIASSS!!!!!!! HASTA SIEMPRE!?!?!?!
Hola.
Me gustaría comentar un par de dudas que tengo respecto a una garantía bancaria (BG).
Hay bancos que emiten garantías y las venden. Se les denomina Fresh Cut (FC), y se emiten a un año y un día. Normalmente el precio es un porcentaje sobre el valor facial de la garantía, digamos un 80%. Aparte habrá un coste anual que se deberá pagar.
Ejemplo. BG por EUR 100MM – Precio: EUR 80MM
1) El cliente tiene que pagar 80MM o depositar en cuenta me imagino con pignoración. Si la BG no es ejecutada antes de su vencimiento y vence, la misma deberá ser devuelta el banco emisor. Mi pregunta es: ¿Los 80MM supongo son recuperables por el cliente?
2) Hay mucha operativa en compra/venta de garantías. Mi siguiente pregunta sería: ¿Es factible la venta de una garantía bancaria a un tercero? Lo comento porque es un hecho que observo todos los días. Se venden a un precio acordado. Si la garantía está preemitida se asigna, pero si ya está emitida ¿?
Gracias por las respuestas.
Un saludo.
Hola!
Mi pareja y yo estamos intentando obtener una hipoteca (tarea casi titánica en esta época). Tenemos bastante buen perfil, ya que podemos aportar mucho capital y nos sale una cuota que ronda los 400€ (menos del 20% de nuestros ingresos mensuales).
El caso es que mi pareja es autónoma y yo tengo un contrato de 4 años de duración, por lo que el banco nos pide un avalista. En pocos años (tras esos 4 años de contrato) es muy probable que nuestra situación laboral cambie, y yo pueda tener mucha más estabilidad laboral. Mi pregunta es: ¿es posible negociar ahora el retirar el aval en una revisión posterior si nuestras condiciones laborales han mejorado lo suficiente, o tendríamos que hacer cargar a nuestros familiares con la carga del aval por toda la duración de la hipoteca? Somos conscientes que 400€ al mes son bastante asequibles y no deberíamos tener ningún tipo de problema pagándolos, pero también es cierto que la idea de cargar a mis padres como avalistas durante toda la duración del préstamo hipotecario me resulta muy poco atractiva, por muy seguro que esté de no faltar a los pagos.
Por otra parte… ¿qué pasaría si en un futuro mi pareja y yo nos separásemos? ¿Cómo podemos ambos cubrirnos las espaldas con ese particular? ¿Un avalista por cada parte de la pareja sería una buena solución?
Mil gracias y un saludo.
hola,queria me me aclarasen unas dudas sobre ser avalista de un familiar.si avalo a un familiar,y esta deja de pagar,seria posible si yo no pudiera pagar la deuda me embargarian mis bienes?mi casa,coche,nomina…aunque mi casa estubiera a nombre de mi pareja y mio?o solo mi parte proporcional.ah!yo siendo avalista,puedo comprar otra casa sin problema y que me avale a mi otro familiar?
gracias
Hola Anonimo. =;-)
Pues a todo te puede responder que si, pero que dependerá del banco, situación económica, etc,
Saludos.
p.d.: Mejor si todos utilizamos un nombre por que eso de anónimo queda un poco feo.
Hola. Efectue la compra de una vivienda sobre plano que tenia que haber sido entregada en Marzo de este año. Sin embargo, esta aun no esta finalizada, ni con los materiales acordados, ni dispone de licencia de primera ocupacion, ni suministro electrico, ni de agua (pues la urbanizacion de su unidad de ejecucion no esta finalizada, ni se le espera, pues han quebrado la empresa responsable de dicha urbanizacion). A pesar de ello, la promotora me insto a firmar en Abril, ante lo cual, logicamente me opuse convenienbtemente. Posteriormente inste a la promotora en Julio a finalizar las obras en un mes o que me devolviera las cantidades entregadas, sin contestacion alguna.
Pasado este plazo he acudido a la entidad bancaria para ejecutar el aval. Con una doble sorpresa:
Primero, el banco ha cancelado el aval, argumentando que disponen del certificado de final de obra del arquitecto y que no les es necesario la licencia de ocupacion. En contra de lo que dice en el propio aval. (Donde dice textualmente que el aval sera cancelado, tan solo “tras la obtencion de la licencia de primera ocupacion o certificado administrativo de similares efectos o tras la aceptacion y entrega de la vivienda”)
Segundo: Tras ir a la entidad, no se como he perdido el original de la carta de aval, aunque conservo todos los datos de la misma y aunque no dispongo de mi aval individual, si tengo una copia simple del aval general del conjunto de la promocion intervenido por el notario.
¿Que puedo hacer, para conseguir un duplicado de mi carta de aval particular e instar al banco a que cumpla lo dispuesto en el citado aval general?
hola,os queria hacer un consulta acerca de ser aval bancario para un familiar.yo soy avalista de un familiar,ahora me quiero comprar yo una vivienda y no se si necesitare que me avalen.Al ser yo avalista de otra persona tendre problemas para que me avalen?y mi mayor duda,en caso de que mi familiar no page,lo tendria que abonar yo,ya que en su dia firme para ello.Pero si yo tampoco puedo pagar la deuda el dia de mañana,ese cargo pasaria a la persona que me avalo a mi?porque si es asi,no creo que nadie quiera avalarme.Gracias por estar ahi ayudando a solucioner las dudas de la gente como yo.
Hola Miguel.
No me atrevo a darte una respuesta por este medio ya que tu caso es complicado. Te aconsejo que acudas a un profesional para que te pueda ayudar convenientemente.
Suerte.
Hola Ana B.
Depende del banco pero te podrían poner pegas para concederte un crédito, sobre todo si la situación financiera de la persona a la que has avalado no es muy boyante.
Respecto a tu segunda pregunta la respuesta es que no, tu avalas un crédito de una persona, y si alguien avala un crédito tuyo no avala a su vez el crédito de la persona a que tu has avalado antes.
Saludos.
Hola Manuel Angel, te agradezco mucho de antemano toda la ayuda que nos ofreces.
Tengo una duda: Hace más de 3 años que nos compramos una vivienda y nos avalaron! según los cálculos; a los 5 años acabaria.
Ahora el banco ha llamado a los avalista que en 3 dias nos tenemos que presentar en el notario para la renovación del aval. La verdad que nadie nos ha informado solo llamaron a los avalistas y no a nosotros los propietarios.
Si el aval en teoria caduca: nos podemos negar a firmar? no quiero que los avalistas sufran ningun tipo de engaño ya que todo esto no lo veo claro.
Creo que despues de la revisión de la hipoteca nos baja un importe considerable y pretenden ampliar la permanencia del aval. es legal? nos podemos negar? y si ello repercute al dinero puesto en garantia.
A parte es ante notario y no sé que hacer!!
Gracias por tu ayuda
Hola Silvieta.
Me faltan muchos datos para poder responderte con total seguridad, por eso en otro post te comentaba que lo mejor es que el banco os responda a las dudas.
Las entidades financieras suelen conceder las hipotecas por el 80% del valor de la vivienda y si se entrega algo más de ese 80% se suele pedir un aval por esa cantidad. Me imagino que al ser sólo por 5 años vuestro caso es, mas o menos, ese.
Sin saber nada de vuestra situación me imagino que pueden pasar dos cosas para que os pidan la renovación del aval:
- Que el valor de la vivienda haya bajado y que para llegar al 80% os obliguen a ampliar el aval.
- Que vuestra situación financiera haya cambiado drásticamente.
No me atrevo a hablar de legalidad o no de la medida, pero si tenéis dudas lo mejor es que lo consultéis con abogado antes de firmar nada. Y respecto a si os podéis negar supongo que si, pero como los bancos nunca pierden deberíais leer la letra pequeña de los contratos, tanto de la hipoteca como del aval actual, no vaya a ser que en ese caso os obliguen a pagar el resto de la hipoteca inmediatamente.
Saludos.
Gracias de nuevo Manuel Angel!
Nuestra situación no ha cambiado en estos años, y no tenemos ningun impago en ninguna mensualidad ni en ninguna factura. Supongo que será la bajada del valor de la vivienda.
Como todo ha sido tan rápido y nadie nos avisó con el tiempo necesario para asesorarnos me asusté bastante, Iremos directamente a nuestro banco y no firmaremos hasta que no nos informen de todo.
Muchísimas gracias por tu ayuda
Buenos días:
Mi caso es que compré una vivienda y la fecha de entrega prevista era el 01/2009. Tengo avaladas las cantidades entregadas a cuenta por una entidad financiera. Dicho aval estipula que caduda el mismo en enero del 2009. No estipula nada más. Mi duda es que si la promotora cuando incumple el día 1 de febrero (no entrega la casa), y mi aval teóricamente queda sin efecto el 31 de enero, el aval en ningún momento ha servido para nada…….¿o si?
Parte segunad: por otro lado me encuentro que ahora cuando me requieren para escriturar, la vivienda que se me adjudica no es la que yo contraté (un error de la promotora en los planos). Piensa Ud que puedo todavía puedo utilizar ese aval? (no es a 1º requerimiento). Por otro lado la entidad financiera me indica que tiene todavía pignorado el dinero en una cuenta a parte.
Gracias.
Hola Thor.
Respecto al primer punto aclarte que la ley 57/1968 establece que no se entenderá terminada la obra mientras no haya licencia de primera ocupación y hasta esta fecha, debe extenderse la validez del aval.
Respecto a la segunda parte no me atrevo a decirte nada por que es un caso especial y necesitaría más datos, pero si lo que te entregan no es lo que contrataste y lo tienes por escrito en el contrato podrías alegar incumplimiento de contrato, aunque ya te digo que sin verlo es difícil.
Saludos.
Buenos días, voy a comprar una plaza de garaje en construccion. El constructor me hace un 10 % de descuento si se la pago ahora al contado, la entrega de la plaza será en Julio-Agosto de 2010. Mi banco me aconseja que con un contrato privado, que es lo que el quiere hacer,no la pague al contado sin al menos un aval bancario. Me dicen que el contrato privado entre dos partes no tiene valor legal. ¿Que debo hacer? ¿Con un aval bancario es suficiente? El pago es de 13000€.Muchas gracias
Hola Mary.
Creo deberías de actuar igual que si fuera un piso. Independientemente de como lo pagues debe de haber una aval bancario que te asegure que si la obra no se finaliza y tu no llegas a tener la plaza de garaje te devuelva el dinero. Un contrato privado, sin escritura de propiedad, no vale de mucho en caso de que esto pase.
Haz caso al banco y exige el aval.
Saludos.
Hola Manuel! Quiero alquilar una vivienda y me piden aval bancario de 3000 € , me gustaria saber si es verdad que todos los bancos/cajas te piden que tengas esos 3000€ en cuenta o no todos te exigen ese importe.Porque de ser asi me es imposible alquilar. Muchas gracias de antemano
Hola Miguel, que tal!
Vamos a montar una franquicia que nos solicita un aval bancario de 30 mil euros y aparte para el alquiler del local otro aval bancario pide el propietario de 21 mil euros.
No me llega el dinero, se podria pignorar 30 mil euros y sobre esa cantidad realizar los dos avales?, o no se puede pignorar una cantidad 2 veces.
Muchas gracias por todo.
Miguel, otra pregunta.
¿Se puede utilizar como aval bancario una inversion en una aseguradora de seguros de vida??
Gracias!
Hola Ángela.
Normalmente si, suelen requerir tener el mismo dinero que tienen que avalar. Hay algunas excepciones pero suele ser por que eres cliente con mucha vinculación en ese banco.
Si no puedes tener un aval habla con el propietario para que estudie la posibilidad de contratar un seguro de alquiler con cargo a tu alquiler, puede ser una solución perfectamente válida para alguien que no dispone del dinero del aval aunque suponga un ligero incremento en el precio mensual del alquiler.
Saludos.
Hola Jose A.
Vamos por partes:
1.- No es nada habitual que un banco acepte pignorar 30.000 euros y que de dos avales por esa cantidad. Me extrañaría mucho que aceptaran.
2.- Es probable que si te acepten la inversión en la aseguradora aunque tendrán que estudiarlo en el banco para ver si es posible o no.
Saludos.
Hola Manuel. Antes de nada ,quisiera darte las gracias por tus respuestas pues a muchos nos pones las cosas mas claras y creo que eso ayuda bastante. Te comento mi caso, que creo que hoy por hoy es el mismo caso de muchos españoles. Hace dos años compre un piso sobre plano con fecha de entrega en el cuarto trimestre de este año. Pero a mediados de año se paralizaron las obras quedando sin completar la estructura del edificio. Se nos ofrecio la posibilidad de quedarnos con otro piso de una anterior fase,ya acabada, pero no aceptamos.Y se nos dijo que por el momento se paralizaban las obras asta nueva orden. Yo segui pagando las cuotas ya que me lei el aval bancario que tenemos, donde se decia esplicitamente que no podiamos dejar de pagar.Llega la fecha de entrega, el aval tiene duracion asta el 31 de diciembre de este año. Mi pregunta es ¿puedo ejecutar el aval ya? Yo he cumplido con todas mis obligaciones e incluso con una clausula que me obligan a informar al banco de que las obras estan paralizadas a traves de burofax. ¿pueden sacarse algun “as” de la manga? ¿me puedo llevar alguna sorpresa? ¿o es que yo lo veo demasiado claro? .Gracias por responder.
Hola! Necesito consejo. Mi caso es que compre una vivienda (bajo con jardin) en octubre de 2006 dando una cantidad importante de dinero. En contrato la promotora se daba un plazo de 24 meses + prorroga de seis meses desde el Acta de Replanteo (nov 07). Segun esto ahora han cumplido 24 meses y han entrado en esa prorroga.Entre la documentacion que te dan en la inmobiliaria, en una hoja ponia que la entrega se haria en junio de 08, pero esa hoja no esta firmada en contrato. Al ir a ver estos dias la obra casi finalizada,me he encontrado en el jardin cuatro alcantarillas enormes pertenecientes a una poza septica. No quiero ya la vivienda, y he conseguido el aval bancario de BBVA. Este aval la promotora nunca me lo ha facilitado. ¿Que pasos deberia de dar para evitar juicio? Gracias
Hola, queria preguntar, si soy avalista de una póliza bancaria para una empresa que no es mía, y a la fecha del vencimiento de la póliza los dueños no aparecen, o no pagan, ¿el banco iría primero a cobrar de los bienes de dicha empresa, o me lo exigirían a mi el pago inmediatamente?.
Muchas gracias.
Hola Manuel, le estaría enormemente agradecida si pudiese asesorarnos acerca la conveniencia de solicitar un aval bancario en las siguientes circunstancias. La empresa para la que trabajo ha despedido a una serie de empleados informándoles que la liquidación correspondiente la percibirían fraccionada mensualmente durante un periodo de 2 años. Dado lo poco concreto de su ofrecimiento los trabajadores han solicitado se les garantizase el pago mediante un aval bancario, a lo que la empresa no se opuso siempre que fuesen los mismos empleados los que se hiciesen cargo de los costes del aval. Manuel, teniendo en cuenta que la media ponderada de las liquidaciones pendientes es de unos 14.000 por trabajador, ¿qué gasto aproximado supondría para cada uno de ellos asegurarse el cobro de la deuda?
Muchísimas gracias por adelantado.
Buenas tardes.
Mi madre esta casada en segundas nupcias con un hombre que tiene una hija, esta se compro una casa y su padre avaló la compra con su pension, mi madre tuvo que firmar autorizandolo ya que estan casados en gananciales.
Este hombre esta pagando la hipoteca a su hija ya que no tiene oficio ni beneficio desde hace mas de un año, ahora esta en el hospital muy grave, de hecho no sabemos si sobrevivirá o no, tenemos problemas con su hija y necesitaria saber en que situacion se quedaria mi madre si este hombre fallece ya que ella no va a pagar su hipoteca ¿tendrá que responder mi madre ante el banco con la pension de viudedaz que cause?.
Muchas gracias
Hola: Sobre un aval de una inmobiliaria (franquicia) soy avalista solidario del mismo con mi socio. Estos dias se ha ejecutado el aval que es a primera vista y me encuentro con que en la cita en la entidad bancaria para “aportar” la mitad de la deuda por cada uno de los socios, el “otro” no se presenta y no paga nada, con lo que (evidentemente) al ser solidarios, me han ejecutado a mi la totalidad del aval. Si estamos avalando a una empresa (persona juridica) de la cual hay 3 socios (solo 2 avalistas solidarios), realmente a quien debo de denunciar para que me “devuelvan” el exceso de lo que he pagado, al otro avalista solidario o debo de denunciar a la empresa a la que avalamos, porque realmente, me parece a mi que por desgracia me debe el dinero la empresa a la que avale y no al fulano de avalista solidario que NO pago nada.
por favor, me gustaria mucho aclaracion sobre este asunto puntual
El dia 2 de Octubre del 2008 hice un aval bancario por un año con la entidad que trabajo para garntizar alquiler de una vivienda que alquile,dicho aval esta vencido desde el dia 3 de Octubre de 2009 en la carta inclusive pone la fecha y la hora en la que queda vencido y cancelado lo que ocurre es que el banco me pide el original que yo entregue al propietario para cancelarlo y dicho señor lo perdio por lo que mi dinero sigue bloqueado y el banco se niega a desbloquearlo aunque en el contrato que consegui a traves de notario pone que yo autorizo a la retencion hasta el vencimiento del aval y aun asi se niegan ,yo no debo nada a nadie y continuo en la vivienda jamas se ejecuto ni hubo problema alguno, tienen mi dinero y me siguen cobrando por el aval que es el colmo cuando lleva vencido 5 meses que puedo hacer
el pagaré avalado aprecia que la fecha de vencimiento del aval coincide con la del vencimiento del pagaré, negándose a admitir dicho documento. ¿Supone dicha coincidencia una merma de su derecho?
Buenos dias
A un conocido le han robado el aval bancario. Ha puesto la denuncia correspondiente en la policia y ha solicitado un duplicado del aval bancario. El banco se ha negado en rotundo a dar un duplicado y dice que hay que hacer uno nuevo pasando por notaria. El inquilino no da señales de vida. Comentando con otros bancos, dicen que ellos si que dan duplicados. Qué se puede hacer?
Gracias y un saludo
Me gustaría saber que diferencia hay entre aval bancario a 90 días y confirming a 90 días, y significado de cada uno.
Para el pago de una factura, con el Aval una vez pasados los 90 días, supongo que me lo devuelven pero como pagaria yo la factura dandelos un cheque y ellos me devuelven el aval???
gracias
Natalia
nos compramos una casa a finales de 2008, hicimos el contrato de compra venta y dimos la cantidad del 10% y nos entregaron su correspondiente aval bancario, el caso es que en este tiempo nos han cambiado las cosas y ahora querriamos hecharnos atras de esta compra. ¿es posible ejecutar el aval?, han pasado dos meses que tenia que estar terminada. gracias
Hola soy la misma, seme olvido decir que antes de firmar el contrato del aval el interventor del banco me pregunto por la duracion del AVAL bancario, a lo que yo le dije UN AÑO, en el contrato pone fecha de terminacion de AVAL, pero sin embargo me dicen en el banco que hasta que el dueño del local no me entrege el original del aval no se podia cancelar y por tanto seguia avalando el contrato de arrendamiento. ES CIERTO?????, entonces un AVAL es para toda la vida si el dueño del local no te lo DEVUELVE???. Gracias de nuevo
Necesaría saber si se puede modificar un aval bancario que está en vigor y entregado a Hacienda pendiente de una resolución administrativa como deudores. La garantía del aval es una cantidad depositada en el Banco. Hacienda sólo puede hacer efectivo una de las dos cantidades ya que es la misma deuda, pero las imputaciones a cada uno son diferentes. Si Hacienda hace efectivo uno, por encontrarlo responsable de la deuda, el otro ya no tiene efecto. El documento avala a dos personas por diferentes cantidades (una mayor que la otra) pero es un único documento presentado a Hacienda. El caso es que una de las personas, la que mayor es su deuda, ya no es deudor de Hacienda por haberse resuelto favorablemente. Por ello conviene modificar el aval, ya que la cantidad a avalar sería menor (la del deudor menor) y los gastos del aval serían menores. ¿se puede modificar el aval mediante el banco sobre la misma cantidad depositada en el banco y sobre el único deudor pendiente de resolución o la única salida sería emitir un nuevo aval sobre otro depósito, presentarlo a Hacienda y pedir la anulación del inicial que es común a los dos deudores?
Hola:
Mi consulta trata sobre la ejecución de un aval. Yo tenía un aval solidario donde una caja de ahorros avalaba a una promotora, siendo yo la beneficiaria de la garantía, en el supuesto de que no se incicase o no llegase a buen fin por cualquier causa en el plazo convenido de 30 de marzo de 2008. Como clausula pone que la persente garantía permanecerá en vigor hasta el 30 de marzo de 2008, salvo que la caja hubiese sido requerida previa y fehacientemente de pago, en virtud de las causas exigibles para ello, debidamente acreditadas. En su momento, a finales de marzo de 2008, mandé un burofax a la promotora exponiendole, como la casa no llegaría a terminarse en el plazo convenido, mi intención de ejecutar el aval solidario (especifico el número de aval y también que está suscrito con X caja de ahorros). Por parte de la promotora no obtengo respuesta en este sentido. Por parte del banco, me sigue renovando los avales, hasta que me dicen que como está firmado el fin de obra, el aval no tiene validez y no se puede ejecutar. Mi pregunta es: Si requerí el aval a la promotora, deudora avalada por la caja, ¿puede la caja negarse a hacer efectivo el aval por no haber sido ella la requerida en lugar de la promotora?. ¿es viable un proceso ejecuivo para el reclamo de dicho aval?. Gracias de antemano.
AH! Se me olvida comentar que a día de hoy la casa no tiene cédula de habitabilidad y los acabados de la casa dejan mucho que desear…
HOLA A TODOS
ESTOY MUY INTERESADO EN CONTACTAR CON PERSONAS EXPERTAS Y RESPONSABLES , PARA TRATAR DE NEGOCIOS SOBRE PRODUCTOS Y SERVICIOS FINANCIEROS Y BANCARIOS COMO :
– MTNs
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– FINANCAICION GRANDES PROYECTOS
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….Y RELACIONADOS
MUCHAS GRACIAS
JAUME
Hola.
Aporte un aval bancario de 7.100€, sin fecha de finalización, porque llevamos a juicio al ayuntamiento por unos pagos que teníamos que realizar al ejecutar unas obras (ilegales) en la urbanización en 2004 y lo ganamos en 2009.
Hoy he recuperado el aval bancario.
Quisiera hacer un escrito para reclamarle los gastos generados por el aval 900€.
Podrías aconsejarme como enfocarlo y si hay alguna ley en la que sostenerme.
Muchas gracias de antemano
Hola soy administradora de una empresa pero tengo 20 años…Me quiero comprar un coche pero me piden aval, podria poner mi empresa como aval del coche??
buenas tardes,el arrendador de una vivienda tiene que demostrar al banco los posibles desperfectos de la vivienda para ejecutar el abal?
hola, voy a alquilar un local de obra nueva y me piden 6 meses de aval “a primer requerimiento” y por la duración del contrato de arrendamiento que es de 15 años.
el banco me lo hace, de momento por un año y posteriormente lo prorrogará
¿puedo retirar el aval si el negocio me va mal y engo que cerrar?
Tenemos un aval, por el que lla pedimos ejecución, que resulta que tiene fecha de vencimiento, estando vencido, pero encambio, en el concepto nos dice que “garantizar el cumplimento del contrato de arrendamiento de vivienda sita en …,
una clausula es contradictoria con la otra, ya que el contrato fue prorrogado. Y lo mas curioso, los arrendatarios siguen pagando las cuotas del aval bancaria. Está este prorrogado aunque diga que la validez es hasta una fecha ya vencida.
Hola;
Estoy alquilado en un local que ha cambiado de propietario. En el contrato anterior el banco me dió un aval indefinido para el pago a la propietaria. En el nuevo contrato no existe ningún aval pero el banco me dice que hasta que no le devuelva el aval, me sigue cobrando aunque el beneficiario del aval ya no tenga nada que ver conmigo. El tema es que el propietario antiguo no encuentra ese aval. ¿Es legal hacer eso?
Gracias por la atención
Hola, voy a comprar un piso de 316.000 €, pido como hipoteca 200.000 € osea, no llega al 70%, llevo 14 años en el mismo sitio trabajando y me sale una cuota mensual de 711 €, osea no llega al 40% de mi sueldo y me piden avalista……
dentro de todo lo que he leido, creo no deberían de pedírmelo, verdad??? vamos que no cumplo los principales requisitos de riesgo..también quieren que firme una solicitud CIRBE???
sabeis para qué sirve eso???
gracias y saludos,
cristina
Estoy rescindiendo un contrato de alquiler de una vivienda , en la cual he permanecido por siete años, y para ello deje en garantia una fianza de un mes de renta y un aval bancario por un inporte de 6 meses de renta.La situacion es que me he enterado que otros vecinos que se han mudado tenian garantias similares al mio, no les ha devuelto la fianza , ni aval bancario, argumentando que los pisos requerian de reformas, o que los electrodomésticas habian sufrido deterioros,.¿Es posible ello, ya que puede que uno se quede mas tiempo, de tal manera que te carguen que cuando rescindas el contrato, una reforma completa de la vivienda (resanes y pintados) asimismo te carguen los electrodomésticos, ye que estos tienen un periódo de vida útil.mi pregunta es si se pueden ejecuta el aval bancario, pese a indicarse en este que tendrá una valides hasta la finalizacion de la relación contractual,saludos y gracias de antemano. Javicho
Buenos dias, mi situacion es la siguiente, soy avalista de unas lineas de descuento concedidas a una S.A. la cual se encuentra en concurso de acreedores, ¿que plazos legales tiene el banco para ejecutar el aval, que plazos tiene que respetar el banco para esa ejecucion? me gustaria que me informara tambien si el banco tiene que esperar algun estado del concurso ya que hace mas de un año que se declaro y no me han ejecutado nada de momento
Gracias
para una comunidad de vecinos donde hay un deudor que debe una derrama por obras de un ascensor y quiere llegar a un pacto con la comunidad a través de un contrato de reconocimiento de deuda firmado por el y la comunidad de pagarlo en 2 años, donde las entregas que vaya haciendo el se ingresarian en la cuenta del banco de la comunidad o se dejarían en caja efectivo. Es obligatorio pedirle un aval bancario al deudor si ya firma el contrato de reconocimiento de deuda?
Buenos días tengo una duda con respecto al tema de los avales. Soy propietario-arrendador de una vivienda y quiero solicitar al futuro arrendatario una aval en garantía del cumplimiento del contrato de arrendamiento. El arrendatario me comenta que si quiero puedo ejecutar el aval cuando yo quiera sin necesidad de justificar el incumplimieto. Mis preguntas son las siguientes:
1.- En una aval a primer requerimiento en garatía de cumplimiento contractual ¿debo justificar ante la entidad bancaria el incumplimiento para ejecutarlo? en caso afirmativo ¿qué documentos debo presentar? ¿hace falta sentencia judicial o simplemente basta con un burofax reclamándole las cantidades debidas?
2.- Si el aval no es a primer requerimiento puedo poner en el documento del aval que para ejecutarlo necesito presentar ante la entidad bancaria ante el banco una copia de la demanda judicial para solicitar por ejemplo el deshaucio…
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