Una pregunta que todos nos hacemos es ¿Qué comisiones bancarias me pueden cobrar por un aval?

A la hora de solicitar un aval las comisiones bancarias más habituales suelen ser las relacionadas con estos tres tipos de gestiones:

  • El estudio de la operación. Suele ser un porcentaje sobre el importe solicitado, con un mínimo por operación.
  • La formalización o apertura del aval. También suele ser, por lo general, un porcentaje sobre la cuantía del aval, con un mínimo.
  • El riesgo. Se fija igualmente como un porcentaje sobre el importe avalado, y su cuantía depende de factores como el plazo y el tipo de aval, o el riesgo que la entidad asuma. Esta comisión tiene carácter periódico y se cobra generalmente cada trimestre.

Los preavales son un caso aparte y sólo pueden cobrar la comisión por riesgo si la entidad se compromete en firme a dar el aval. Las líneas de avales pueden tener también ciertas comisiones específicas, como es la de disponibilidad, que suele ser un porcentaje sobre la parte del límite autorizado que no ha sido utilizada.

No se olviden de que las tarifas publicadas por los bancos, en el caso de los avales, son tarifas orientativas, no tarifas máximas, por lo que no hay que asustarse demasiado si a la hora de ver lo que nos cuesta los precios son superiores a los publicados.

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