Cinco Días ha publicado un artículo en el que nos explica el uso que se hace de los avales en el alquiler de viviendas.
Extracto:
¿Qué diferencias hay en cada una de las restantes garantías que se suelen exigir? Los meses de renta por adelantado o los depósitos por determinadas mensualidades ‘sólo’ suponen un desembolso extra de dinero que se da al arrendador.
Para el aval se necesita la intermediación de una entidad bancaria. Normalmente lo que hace la entidad es, una vez que ha comprobado que se tiene el dinero requerido, inmovilizarlo y emitir el aval. Los gastos, aunque varían entre entidades, incluyen una comisión por formalización (ronda el 0,5%) y otra trimestral por riesgo de entre el 1 y el 1,5%.
A juicio de Carlos Mateu, de Promein, esta herramienta es una de las mejores garantías que existen para protegerse ante el impago de la renta (pese a no cubrir ni los destrozos ni los costes de un juicio), aunque reconoce que presenta inconvenientes para el inquilino. “El dinero se queda retenido y no puede disponer de él”, explica, además del coste que conlleva. El propietario puede ejecutar el aval “a primer requerimiento” en caso de impago y el banco está obligado a abonarle las cantidades avaladas tras demostrar con pruebas documentales ese incumplimiento.
Artículo completo: Blindados ante el alquiler
Tags: Alquiler, Avales
24 de agosto de 2009
5 Comentarios en "Avales en el alquiler"
Soy inquilina de un inmueble hace 4 meses. Para entrar en él tuve que hacer un aval bancario de 4 meses además de unas mensualidades. Resulta que por cuestiones laborales tengo que canviar de vivienda, soy autónoma. La inmobiliaria me ha dicho que si no se encuentra un inquilino para cuando me vaya del piso que será el 1 de Junio, puedo perder el aval bancario,ya que el contrato era para un año. Mi pregunta es que derechos tengo como inquilina, hay alguna forma para no perder dicho aval, ya que la cantidad asciende a 2.600. Gracias.
Hola Eva.
El aval bancario lo que hace es garantizar el pago de del alquiler en caso de que tu dejes de pagar.
Si tienes un contrato de un año no lo puedes romper así como así, ese contrato te garantiza a ti que podrás vivir en esa casa ese año y al que te lo alquila que le pagarás durante ese tiempo.
Si te vas antes de la finalización del contrato estás incumpliendo el contrato y por tanto pueden ejecutar el aval.
De todas formas no soy especialista en alquileres, te aconsejo que visites esta página donde hay casos muy interesantes: http://blog.enalquiler.com/
Saludos.
hola, necesitaba ayuda por favor. Mi situacion es que yo habia alquilado un piso en mi ciudad, y lo he dejado.
El dueño de la casa me solicitó un aval bancario por duracion de un año, y estuve en el piso 3 años.
A la hora de dejarlo se lo he dejado mas o menos como me lo entregó pero ahora me dice el propietario que hay una seri de cosas que tiene que cambiar (colcho, sofa, etc…). Pero creo que el aval ya venció, y mi pregunta es si puede el propietario agarrarse al aval si este mismo está vencido.
Espero ansioso su respuesta, gracias.
quiero alquilar una casa y me piden 5 meses de fianza o un aval bancario en principio el aval bancario lo veo bien pero ala hora de recuperar mi dinero veo que la gente una vez finalizado el contrato y marchado de la casa el banco si no le entrega el aval original le sigen retenido el dinero y leo que mucha gente tienen problemas porque los propietaris
quiero alquilqr una casa y me piden 5 meses o un aval bancario y en principio me decidi por el aval pero e leido que mucha gente al finalizar el contrato y marcharse de dicha vivienda el propietario de la casa no a encontrado el documento del aval original y la entidad financierale dice que sin dicho documento no les renbolsan el dinero y eso claro es un problema para el inquilino y me da miedo de hacer dicho aval que puedo hacer para mi traqulidad en ese aspecto porque ese dinero despues lo puedo necesitar para el alquiler de otra vivienda
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